El blog de Larraz Inmobiliaria
LA PLUSVALÍA MUNICIPAL EN LA COMPRA VENTA DE UN INMUEBLE
¿Qué es la plusvalía de un inmueble?
El impuesto de plusvalía es el Impuesto sobre el incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que se ponen de manifiesto a consecuencia de la transmisión de la propiedad de los mismos por cualquier título (compra-venta, donación, herencia, etc.) o de la constitución o transmisión de cualquier derecho real de goce, limitativo del dominio, sobre los referidos terrenos. Se refiere básicamente a la revalorización del suelo público sobre el que la vivienda está construida.
Sandra Larraz
• Agente Inmobiliario
• CEO de Larraz inmobiliaria
Están exentos del impuesto entre otros, las aportaciones de bienes de los cónyuges a la sociedad conyugal y las transmisiones de toda clase de bienes por herencia, legado, dote, donación o cualquier otro título gratuito que tenga lugar entre ascendientes, descendientes y cónyuges.
Las viviendas de protección oficial pagan plusvalía igual que las viviendas libres.
¿Cómo se calcula el impuesto?
En el año 2021 se modificó la fórmula ya que anteriormente solo se hacían los cálculos a través del valor catastral del terreno al que se le aplicaba ciertos coeficientes que se cambiaban según los años que habían pasado de la compra de la vivienda en Navarra hasta su venta.
Hacienda ha pasado a ofrecer dos opciones de cálculo de la plusvalía municipal, y son las siguientes:
- Usar el valor catastral del terreno en el momento que se realiza la venta, aplicando ciertos nuevos coeficientes, y que se actualizan cada año para reflejar la evolución del mercado.
- Utilizar como base imponible la plusvalía real que se obtiene de la diferencia entre el valor de la compra y el valor de la venta de la vivienda en Navarra. A este resultado se le aplicará el tipo que fije el municipio, y que nunca debe ser superior al 30%
Por tanto, el vendedor podrá elegir el método que más le convenga a la hora de pagar la plusvalía municipal, que en la mayoría de casos será por el segundo procedimiento..
Los ayuntamientos de cada uno de los beneficios, tienen la alternativa de disminuir el valor catastral del terreno hasta un 15 %,y sólo se puede aplicar para calcular la plusvalía municipal consiguiendo así, acercarse a la realidad inmobiliaria.
¿Cómo se tramita?
Para tramitar el pago del impuesto de plusvalía por la venta de una vivienda, debes acudir a las vías que te ofrezca el Ayuntamiento de donde provenga la venta del inmueble.
En el caso del Ayuntamiento de Pamplona, ofrece la posibilidad de iniciar la tramitación a través de vía telefónica llamando al 010, de manera on-line o de forma presencial con cita previa.
Además ofrece un simulador donde puedes realizar una estimación de la cantidad a pagar sobre el impuesto de plusvalía.
Para la simulación del valor sobre el impuesto de plusvalía debes reunir los siguientes datos:
Fecha de la nueva transmisión.
Fecha de la anterior transmisión.
Valor Catastral Suelo.
% que se transfiere.
Si quieres comenzar los trámites para realizar el pago del impuesto de plusvalía en Pamplona, puedes acceder a la sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona (https://sedeelectronica.pamplona.es/FichaTramite.aspx?id=112125TA) y ampliar la información.
Ejemplo: transmisión de una vivienda en Navarra.
Adquisición.
Fecha de adquisición: 06/11/2001
Valor de adquisición: 90.000,00 euros.
Transmisión.
Fecha de transmisión: 24/11/2021
Valor de transmisión: 128.000,00 euros.
La proporción del valor del suelo es del 26%. Esta proporción se aplica tanto para la adquisición como para la transmisión.
1. Se constata la sujeción al Impuesto de Plusvalía Municipal porque el valor de transmisión es mayor que el de adquisición.
2. El valor catastral del suelo son 21.500,00 euros.
3. El periodo de generación han sido 20 años.
4. El tipo aplicable es del 20%
Cálculo por estimación objetiva.
– Base imponible: 10.750,00 (Se aplica un coeficiente del 0,50 sobre el valor del suelo: 21.500,00 x 0,5 = 10.750,00 euros).
– Cuota: 10.750,00 x 20% = 2.196,23 euros.
Cálculo por estimación directa.
– Base imponible: 9.880,00 euros.
Valor de transmisión del suelo: 128.000,00 euros x 26% (proporción del valor de suelo) = 33.280,00 euros.
Valor adquisición del suelo: 90.000,00 euros x 26% (proporción del valor de suelo) = 23.400,00 euros.
Importe del incremento: 33.280,00 – 23.400,00 = 9.880,00 euros. Es inferior al calculado por estimación objetiva. 9.880,00 euros < 10.750,00 euros.
Se toma como base imponible la determinada por estimación directa por resultar inferior a la estimada.
– Cuota: 9.880,00 x 20% = 1.976,00 euros.
ESTIMACIÓN OBJETIVA
ESTIMACIÓN DIRECTA
BASE IMPONIBLE
10.750,00 euros
9.880,00 euros
CUOTA
2.196,23 euros
1.976,00 euros
Como has podido observar, la venta de un inmueble conlleva ciertos gastos que se ignoran o que se desconozca la forma de tramitar.
En Larraz Inmobiliaria contamos con los mejores profesionales para que la tramitación de la venta de tu inmueble en Navarra sea, desde el principio, clara y concisa.
Larraz Inmobiliaria, tu agencia en Navarra de confianza.